La Dignidad no se mide solo en ideales, sino en tiempos. En los márgenes del sistema, donde la espera desgasta y la necesidad aprieta, la persona —con todo su valor intrínseco— queda a merced del reloj. Este texto recorre cómo las listas de espera judiciales y sanitarias ponen a prueba esa Dignidad, y cómo la Solidaridad, entendida como acto justo y humano, puede devolverle su lugar.
La DIGNIDAD plasmada en el transcurrir del tiempo: las listas de espera
Aquí nos centraremos en la Dignidad de la Persona expresada en las listas de espera ante las instituciones públicas judiciales y sanitarias.
Listas de espera en procesos judiciales
Todos habremos oído alguna vez expresiones tales como: Una justicia que llega tarde no es justicia… Una justicia lenta no es justa… Lo que pasa es que cuando no nos afecta, todo se queda ahí, en un dicho general cuya vivencia particular les toca a otros. Dicho de otro modo, éste no es un asunto de claro interés público sino que se limita más bien a la pura vivencia-lucha particular. Hablamos de un ideal que todos aspiramos nos sea satisfecho llegado el caso. Pero una cosa es aspirar y otra bien distinta es realizar (por y para todos).
Como decimos en la entrada. Blog > Justicia, Cómo saber si los tiempos de espera judiciales ¿son excesivos o normales?, los tiempos medios de espera en los procedimientos se pueden consultar en la web del C.G.P.J … De ahí concluiremos objetivamente que la Justicia es Lenta. Y lo siguiente a concluir, ya profundizando en casos particulares, es que, siendo así, la Justicia No es Justa. Y no lo es porque, ya en lo concreto, se reconocen las dilaciones al acusado y con ello éste obtiene una mejora (muy) significativa de su pena, mientras que, normalmente, no se le reconocen al denunciante -o víctima original- y con ello se abre una fase de revictimización, sobre todo si ésta ya viene denunciando los retrasos; retrasos que sólo en algunos casos se resuelven “monetariamente” por remisión judicial al lado privado para considerarlo dentro de la indemnización que corresponda…
…Y digo yo… ¿Qué responsabilidad tienen las partes de que la justicia sea lenta, más allá de las interferencias claras que aquéllas puedan tener sobre ésta? Pues bien, parece que para una parte de la jurisprudencia (dícese del conjunto de sentencias y demás resoluciones judiciales emitidas en un mismo sentido por los órganos judiciales de un ordenamiento jurídico determinado), la interpretación unificada pasa por atribuir los daños de las demoras judiciales al acusado bajo la forma de indemnización “a favor de la víctima” -que es víctima porque se la causó el daño original-, y ya lo demás deriva de esta condición inicial. Es decir, se privatiza las consecuencias del quehacer público bajo la forma de indemnización privada.
Listas de espera en procesos sanitarios
¿Qué hay más indigno que ante una necesidad de salud -que es a la postre una necesidad de (calidad) vida –, el entramado institucional público nos vuelva la espalda bajo la expresión general de la “existencia de listas de espera”?
Todos lo hemos padecido alguna vez, y es entonces cuando la salud la vemos como lo que en realidad hoy es, una pura contingencia más próxima al mercado que a los derechos.
La DIGNIDAD vista desde La Solidaridad
Primero establezcamos el concepto de solidaridad apoyándonos en https://www.sosteniblepedia.org/index.php/Principio_de_solidaridad
“La solidaridad es una relación entre seres humanos, derivada de la justicia, fundamentada en la igualdad, enriquecida por la caridad, en la cual uno de ellos toma por propias las cargas del otro y se responsabiliza junto con éste de dichas cargas. Y dicha relación, entendida únicamente en el entorno del ser humano, puede llevarse a cabo en tres niveles distintos, según se relacionen, respectivamente: un hombre con otro, un hombre con su sociedad o una sociedad con otra”.
Aquí nos ceñimos a la solidaridad entre personas.
La solidaridad es, en sentido estricto, una relación de justicia ¿por qué? porque todos vivimos en una sociedad; porque todos necesitamos de todos, porque todos estamos juntos en el barco de la civilización y es necesario compartir la carga con/de los demás seres humanos, iguales en dignidad y derechos.
Cuando nace la solidaridad, se despierta la conciencia y sale a la luz todo lo que antes estaba escondido: Lo que nos une se hace visible para todos.
Podemos entender a la solidaridad como sinónimo de igualdad, fraternidad, ayuda mutua, trato de favor…, y tenerla por muy cercana a los conceptos de responsabilidad, generosidad, desprendimiento, cooperación y participación. Sin este principio, concluiremos, la sociedad no funciona bien ni se encamina hacia su verdadero fin.
La solidaridad para el derecho implica una relación de responsabilidad compartida, de obligación conjunta. La verdadera solidaridad está fundada principalmente en la igualdad que une a todos los hombres. Esta igualdad es una derivación directa e innegable de la verdadera DIGNIDAD del ser humano, que pertenece a la realidad intrínseca de la persona, porque todos formamos parte de la naturaleza humana en la Tierra.
La solidaridad es una palabra de unión. Es la señal inequívoca de que todos los hombres, de cualquier condición, toman conciencia de que no están solos y no pueden vivir solos, porque el hombre es social por naturaleza.
La solidaridad, por lo tanto, se desprende de la naturaleza misma de la persona humana: que es un ser digno y social. Se trata de algo justo y natural; es tarea de hombres y debe ser dirigida al ser humano. La persona humana es principio y fin de la solidaridad. El acto solidario debe ser hecho en beneficio de una persona, ya sea directa o indirectamente.
El caso concreto y más básico de la solidaridad es “el socorro a una víctima” (un ejemplo lo tienes en Blog > Justicia Cómo entender la omisión del deber de socorro tras pedir justicia sin éxito…) y plantea que el deber ético existe y casi con toda seguridad alguna(s) personas se encargarán de hacerlo valer.
Solidaridad de uno(s) hacia la persona dañada -o trato de favor- y, por extensión, solidaridad hacia la persona que daña y que ve reducida su responsabilidad por el hecho de ser otros los que la asumen…
Pero…, En verdad, Ninguno nos planteamos favorecer a quien produce el daño o elude el daño hecho, sino más bien destacar la desigualdad de trato por parte de algunos hacia la víctima, y esa desigualdad en el actuar personal va, desde el socorrer por parte de los humanos solidarios -que enarbolan su dignidad-, al abandono absoluto de ese trato de favor por parte de los insolidarios -que pisotean la dignidad de la víctima o dañado-.
Ahora bien, la INTERPRETACION DE LA JUSTICIA vista desde la aplicación del principio de igualdad parece ser: Igualdad de trato a la persona víctima y a la persona causante que actuó insolidariamente. O lo que es lo mismo, la solidaridad no nace desde la toma de conciencia de la responsabilidad por parte del conjunto de seres humanos (y esto se normaliza) sino que queda toda la responsabilidad en las manos de esos seres humanos que pasaban por ahí -y atendieron al dañado-, y en los otros seres humanos que juzgarán el hecho.
Así se hace tabla rasa de las conductas “insolidarias” y se transfiere la solidaridad a otros seres, que (probablemente) si la ejercerán. De esta manera, la omisión del deber de socorro sólo trata del deber derivado de un abandono total… Al menos eso parece deducirse…
No hay castigo público -salvo en los casos extremos y si pillan al causante-, y en los demás casos, a menudo no se considera por ningún lado la Dignidad de la persona dañada, que en consecuencia ya ha dejado de ser merecedora de trato de favor por un semejante -de todo semejante-
Pero…
… ¿Entonces ya no somos “iguales” y los seres humanos-personas nos dividimos por categorías “de favor” tras ser víctimas de un hecho X? De aquí la omisión de socorro y el deber de no omitir… ¿hay algo más ético-social desde el punto de vista del trato a un semejante?


