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2. Tu derecho a Pedir ante lo público

Tu derecho a recordarnos los límites del Mercado

Aquí tratamos del ejercicio de nuestro derecho a pedir ante lo público en tanto consumidores que somos en los mercados.

En este contexto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es el organismo público que promueve y preserva el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas… Es independiente del Gobierno y está sometido al control parlamentario.

Aquí tienes un breve vídeo introductorio sobre la CNMC               

Sus cometidos son, entre otros:

  • Preservar la unidad de Mercado garantizando su libre acceso, además del ejercicio, expansión y supervisión de las actividades económicas en todo el territorio nacional.
  • Mejorar la regulación en los mercados y sectores económicos. Todo ello asesorando al sector público antes de la aprobación de normas y también supervisando las propuestas normativas para verificar que cumplan los principios de competencia y de regulación eficiente.
  • Garantizar, promover y extender la cultura de una competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos en beneficio de los consumidores y usuarios para así disponer de ofertas más variadas, de mejor calidad y a menores precios.
  • Resolver conflictos entre operadores económicos.
  • Supervisar los mercados y la conducta de las empresas, en particular, tramitando y sancionando, en su caso, por prácticas contrarias a la regulación de los sectores económicos.
  • Controlar el funcionamiento de todos los sectores económicos, y en particular facilitando: a) la Denuncia de conductas prohibidas y b) la Oposición al tratamiento de datos personales (sector energético).

En Web de la CNMC dispones de un apartado de Transparencia donde se recoge la información sujeta a las obligaciones de publicidad activa. Por otro lado, el ejercicio del derecho de acceso a información pública lo puedes tramitar fácilmente desde la sede electrónica de la CNMC

Además, desde la Web de la CNMC puedes conocer más sobre ella y sus actuaciones. En particular te recomendamos dos apartados:

PRENSA. Ahí dispones de blog, podcast, video y notas de prensa, que te pueden ser útiles en tu labor de búsqueda y comprensión de algún tema concreto.

CONSUMIDORES y donde se ofrece información relevante de cada sector de consumo para que tu gestión del servicio cotidiano sea lo más completa y clara posibles… También encontrarás las actuaciones que tienes a tu disposición en tanto consumidor que eres (e.p. denuncias de conductas prohibidas y oposición al tratamiento de datos personales)

¿Cómo se presenta una denuncia de una conducta prohibida?

Primero. Una conducta prohibida es alguna de los arts 1, 2 y 3  de  la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), o de los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (el Tratado).

Así se pueden presentar denuncias relativas a:

  • Conductas colusorias (artículos 1 LDC y/o 101 del Tratado)
  • Abuso de posición dominante (artículos 2 LDC y/o 102 del Tratado)
  • Falseamiento de la libre competencia por actos desleales cuando afecten al interés público (artículo 3 LDC)

Cuando las denuncias corresponden a los artículos 101 ó 102 del Tratado, ha de acreditarse que aquéllas tienen efectos en el comercio intracomunitario… En el resto de casos su persecución puede corresponder finalmente a una Comunidad Autónoma con competencias en la materia.

Segundo. La denuncia puede ser presentada por cualquier persona que tenga conocimiento de la transgresión.

Tercero. Desde la web de la CNMC>consumidores>competencia cuentas con el detalle del trámite y su realización telemática. Sólo tienes que seguirlo … Únicamente debes tener en cuenta que este procedimiento sirve para la presentación inicial de una denuncia, mientras que si por el contrario ya está iniciada y posteriormente tienes que enviar documentación o dirigir otros escritos a la CNMC o aportar información requerida por la CNMC, ya debes de utilizar el procedimiento de remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones disponible en la Sede Electrónica de la CNMC y que puedes localizar fácilmente copiando directamente ese textoremisión de solicitudes, escritos y comunicacionesen la caja de búsqueda… Luego sólo tienes que seguir las indicciones.

¿Cómo se presenta una oposición al tratamiento de datos personales?

En la web de la CNMC consumidores>energía cuentas con el detalle del trámite y su realización telemática. Sólo tienes que seguirlo.

Llegados aquí sólo recordarte que también puedes recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos AEPD , la autoridad pública independiente encargada de velar por la privacidad y la protección de datos de la ciudadanía.  A través de ella dispones de información completa acerca de tus derechos en cuanto al tratamiento de  datos, además de una sede electrónica para interponer tu reclamación.

Se adjunta un breve vídeo:   

EN RESUMEN.

Los ciudadanos, en tanto clientes-consumidores que somos, podemos dirigirnos a organismos públicos como la CNMC o AEPD para poner ciertos límites a actuaciones irregulares relacionadas con el mercado. Y todo ello partiendo de una posición individual como consumidor que tiende a consolidar una posición colectiva ciudadana al vernos todos como posibles afectados. Es entonces lo público quien cuenta con los medios para exigir la corrección de la situación en favor del consumidor-ciudadano.

🚩 ATENCIÓN Si detectas que alguna información es incorrecta, discúlpame por ello y dímelo a través de CONTACTO poniendo en Asunto > ERRORES. Lamentablemente no puedo estar “al día” de todos los cambios que se van produciendo en las herramientas, pero te agradezco me lo recuerdes para corregirlo cuanto antes. ¡¡Gracias!!.