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¿Cuáles son los derechos y los deberes de los pacientes en la asistencia sanitaria?

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Última actualización hace 1 año

La entrada anterior (Sistema sanitario IV) hablaba de los Derechos de los usuarios en el ámbito de la asistencia sanitaria pública.

Ahora vamos hablar de los Deberes, si bien de una forma muy breve porque nos remitimos a información ya publicada en otros sitios,  y accesible. Es decir, puedes ampliar conocimiento accediendo libremente a ellos.

Derechos y obligaciones en la Sanidad Pública

Hoy todos tenemos muy interiorizada la prevalencia de los derechos, de hecho, no son pocas las personas que nos “alertan” de estar viviendo peligrosamente en un mundo saturado de derechos. Pero lo cierto es que todo derecho genera una obligación o deber en otro sujeto, es decir, el mundo de obligaciones/deberes es correlativo al de derechos.

O dicho de otra manera: el mundo se construye con los derechos y las obligaciones/deberes de todas las personas, porque ambos se complementan para construir el edificio social en el que vivimos.

Por ejemplo, lo podemos visualizar en un hecho tan elemental como que, para contar con el derecho a sanidad pública, todos debemos contribuir a su sostenimiento aportando un dinero por la vía de los impuestos.

Deber y obligación: ¿son lo mismo?

El deber es algo que una persona realiza voluntariamente, ya sea por deseo propio o por un sentimiento moral de obligación.

La obligación, en cambio, es una exigencia que se impone y rige la libre voluntad de una persona. Generalmente, su cumplimiento está respaldado por un deber legal, lo que significa que se cumple porque así debe hacerse y existe cierto temor sobre las consecuencias en caso de no acatarse.

Deber

Lo que para algunos puede ser una obligación, para otros será más bien un deber y viceversa. Sin embargo, el deber “a secas” produce principalmente un reproche social o moral, sin que ello implique sanciones legales.

Obligación

La obligación o deber legal genera un reproche formal, lo que permite exigir responsabilidades a través de los procedimientos establecidos.

En este contexto, nos centramos en deberes legales u obligaciones, dejando de lado las consideraciones morales.

Obligaciones y deberes de los ciudadanos en el sistema sanitario

La vigente Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, recoge las obligaciones básicas de los ciudadanos con las instituciones y organismos del sistema sanitario, obligaciones que son fundamentalmente tres:

  • Cumplir las prescripciones generales sanitarias comunes a toda la población, así como las específicas determinadas por los Servicios Sanitarios.
  • Cuidar las instalaciones y colaborar en su mantenimiento.
  • Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones, en particular, la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas y sociales.

La primera obligación guarda relación con el mantenimiento de niveles adecuados de salud pública, es decir, con la creación y mantenimiento de esa seguridad colectiva que nos protege a todos.

La segunda pone en primer plano la necesaria conservación de la infraestructura sanitaria, un ámbito que requiere una dotación de medios importante y costosa.

La tercera pone el foco en la conducta ética de cada persona en cuanto al uso responsable de las prestaciones públicas.

Por otra parte, los deberes (en sentido amplio) de los usuarios-pacientes se encuentran recogidos en multitud de documentos elaborados por diferentes agentes, con el objetivo de fomentar la conciencia ciudadana sobre el buen uso del servicio sanitario.

A nuestro juicio, esto queda visualmente muy bien resumido en los atractivos carteles de deberes y Derechos que propone la Junta de Andalucía.

 

¡¡Recuerda!!, si el Deber se apoya en una Ley, entonces hablamos de Obligaciones en estricto sentido formal.

 

Más información sobre las obligaciones en el ámbito sanitario

Para más información sobre obligaciones, puedes consultar desde aquí el completo documento de la Junta de Andalucía titulado Derechos y deberes en el ámbito sanitario. Legislación vigente. Otro ejemplo lo tienes en Castilla y León, con la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud, concretamente en su título VI – Deberes.

Pero, sin ánimo de extendernos, solo añadir que hay muchos más actores que publican deberes, los cuales puedes localizar tú mismo con tu ordenador. Hablamos principalmente de comunidades autónomas, que utilizan la vía legislativa, pero también de centros asistenciales, que publican directamente deberes en su propia web.

Así, con carácter general, nos encontramos, entre otros, con los deberes y obligaciones de:

  1. Cumplimentar las normas y procedimientos de uso y acceso a los derechos otorgados por cada ley.
  2. Mantener el debido respeto a las normas establecidas en cada centro, así como al personal que preste servicios en los mismos.
  3. Firmar, en caso de negarse a las actuaciones sanitarias, el documento pertinente, donde quedará expresado con claridad que el paciente ha sido informado y rechaza el procedimiento sugerido.
  4. Mantener actualizados los datos de contacto para la localización por parte de los servicios de salud.
  5. Facilitar de forma veraz información sobre el estado físico y de salud para mejorar el proceso asistencial.

Sanidad pública: deberes y derechos para una mejor convivencia

Esperamos que esta breve información, junto con las referencias incorporadas, te sea de utilidad para comprender mejor los deberes y derechos que la sanidad pública establece para garantizar un acceso adecuado y responsable a los servicios de salud.

Es importante recordar que los derechos siempre van acompañados de obligaciones, y que el buen funcionamiento del sistema sanitario depende en gran medida de la responsabilidad ciudadana.

Desde cumplir las normas y procedimientos hasta respetar al personal sanitario, mantener actualizados los datos de contacto o facilitar información veraz sobre nuestro estado de salud, cada acción cuenta para mejorar la convivencia entre instituciones y ciudadanía.

Al final, se trata de construir un sistema que no solo garantice el acceso a la atención sanitaria, sino que también fomente una relación basada en la transparencia, el respeto y la corresponsabilidad. Esto asegura que la sanidad pública siga siendo un pilar clave de nuestra sociedad y un ejemplo de equidad y solidaridad.

7 comentarios en “¿Cuáles son los derechos y los deberes de los pacientes en la asistencia sanitaria?”

  1. Gracias por introducir un tema que a mí me parece muy interesante y que yo resumo en: la contraparte a los derechos. Y aún más interesante en un marco de convivencia social.
    Yo creo que todos tenemos un marco propio de deberes (con la familia, con el trabajo, con los amigos…) pero es verdad que a veces ese marco de deberes se queda muy pequeño en lo social y a la espera de que las obligaciones que se nos marquen desde fuera
    hagan ese trabajo (por obligación).
    Yo recuerdo que mi abuela me decía «no hagas a los demás lo que no te gustaría te hicieran a tí». Eso es DEBER, y creo que en lo social es fácilmente aplicable bajo otros términos.

    Para mi lo esencial es que cuidemos -como nuestros que son- de los «bienes sociales» que se nos ponen en las manos, porque de esos bienes sociales muchas veces dependen nuestros DERECHOS… un ejemplo: de la asistencia sanitaria depende mantener nuestra vida e integridad física.

    Gracias por el artículo.

  2. ¿Y no existe el deber de participar en la Sanidad pública para intentar mejorarla? Lo digo porque echo en falta que las personas-ciudadanos no estemos llamados a participar en la mejora de todas las instituciones-administraciones y el caso de la Sanidad me parece especialmente significativo porque lo considero un Bien Social fundamental para todos.

    1. Yo creo que hablar de nuestros deberes es un tema muy importante de cara a mantener un sistema social cohesionado y eficaz. Si todo lo limitamos a las obligaciones, la norma «nos comerá» y encima nos quejaremos, lo cual no quiere decir que así no funcione OK pensando en el «bien común», sino que el funcionamiento se quedará al margen de nuestros actos puramente voluntarios.
      Pienso que bajo un esquema de deberes nuestros actos voluntarios están asegurados y encima lo haremos dentro de un marco participativo-democrático y solidario. ¡Qué má motivación se puede pedir!

      Gracias por el texto.

  3. Yo creo que las obligaciones básicas son pocas y lógicas: cumplir con las prescripciones sanitarias, cuidar las instalaciones, responsabilizarse del uso adecuado de las bajas/incapacidad laborales y de las prestaciones terapéuticas y sociales… Todas ellas tienen un trasfondo de coste público, y por ello, por lógica son exigibles.
    En cuanto al deber, más allá de una normativa puntual, cada cual le pone su firma y va, por ejemplo, desde la asistencia al familiar enfermo hasta seguir con el máximo detalle lo que le sugiere el médico en consulta.

    Yo creo que con el reciente COVID hemos visto claramente la diferencia entre ambos enfoques, quizás hemos tenido momentos de más obligaciones, pero cada uno en su casa-trabajo ha tenido que lidiar también con sus deberes.

  4. ¡Deberes, algo con tan mala prensa en estos días de Libertad!.
    Me parece muy oportuna esta entrada porque es como decirnos que el uso de algo tiene su «precio» y que no todo es gratis, ni cualquier cosa que se haga es correcta para mantener la convivencia. Obligaciones y deberes son la réplica al dinero-pago. Son la esencia del uso de un servicio público para que también sea accesible por los demás.

  5. Yo nunca he visto que a nadie se le exija actuar de determinada manera para cuidar de su salud más allá de las puras advertencias médicas de lo que le puede pasar si no lo hace. Tampoco he visto negarle a nadie la atención por no actuar con rigor en su enfermedad.
    Lo que sí he visto es como para solicitar una incapacidad laboral (total o permanente) los evaluadores se leen todo lo que cae en sus manos. Me imagino que en sus informes los médicos escribirán algo de esto para que los inspectores de la incapacidad lo tengan en cuenta, al fin y al cabo, una cosa es estar malo «objetivamente» y otra bien distinta es actuar conforme a ello. Supongo que la objetividad guía la evaluación de la incapacidad, y luego, la subjetividad también tendrá su papel a la hora del dictámen definitivo. De hecho, no todas las personas quieren salir del mundo laboral a pesar de su incapacidad, por alta que sea -y viceversa-

  6. Yo creo que el buen uso de las bajas/incapacidad laborales están en el centro de las obligaciones de los usuarios del sistema de salud, y ello porque afecta a otras áreas -la laboral y SS– y hay dinero implicado.

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