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Revalorización de las pensiones y actuación de oficio de la Administración

Revalorización de las pensiones: ¿por qué la Administración no actúa de oficio?

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Última actualización hace 2 días

Aquí vamos a tratar de algunas lagunas en el quehacer de las administraciones que dejan sólo en manos del ciudadano la posible mejora de su situación.

Este es el caso de una persona incapacitada gravemente que ve disminuida su capacidad de acceso a la pensión mínima que le corresponde. Así, la persona es beneficiaria de una IPT y cumplidos los 55 reclama el 20% de revisión marcada por ley. Bien.

¿Y por qué no actúa de oficio la administración si cuenta con todos los datos para ello en lugar de esperar a que lo reclame la persona en cuestión?

La revalorización de las pensiones y la actuación de oficio

Pero ahí no queda la cosa, cumplidos los 60 años, la persona tampoco cuenta con una pensión adecuada a su edad y tiene que reclamar su complemento a mínimos..¿y por qué no actúa de oficio la administración si cuenta con todos los datos para ello en lugar de esperar a que lo reclame la persona en cuestión?

¿Por qué debe reclamar el pensionista la mejora de su pensión?

O sea, que con la edad, grado de discapacidad, situación laboral, pensión IPT propia y mínimo oficial, ingresos declarados, la administración no elabora de oficio listados de pensionistas para revalorizar automáticamente su pensión y esta revalorización la deja a petición del propio interesado – que lo normal es que tenga que pagar a un gestor para que se lo haga-. Es decir, la administración deja a la voluntad (y al bolsillo) del pensionista el aumento o no de su pensión, ¡como si las personas no requiriéramos de más dinero para hacer nuestro día a día, máxime siendo discapacitado!.

Todo parece indicar que es una forma de ahorro de la administración, y que si la persona no lo reclama, la administración se queda con ese dinero para otras cosas, todo ello a cambio de nada, ni de un simple gracias ¿No sería más oportuno y justo que el pensionista tuviera la opción de renuncia a la revalorización una vez realizada ésta de oficio?

Al menos la administración tendría claro quiénes renuncian a la mejora y el pensionista también tendría claro que esta renuncia es su decisión. Todos tendrían claro que la persona decide voluntariamente ceder parte de su pensión a otras cuestiones sociales. Y ello probablemente sin el gracias oportuno.

Consulta la revalorización y los complementos a mínimos

Para conocer mejor cómo funciona la revalorización de las pensiones y comprobar si te encuentras dentro de los mínimos establecidos, puedes consultar la información oficial de la Seguridad Social sobre la revalorización de las pensiones.

También puedes consultar los requisitos del complemento a mínimos y comprobar si puedes acceder a esta mejora de la pensión en la información sobre el complemento a mínimos de la Seguridad Social.

De esta forma, cada pensionista puede conocer mejor sus derechos y comprobar si la pensión que recibe se corresponde con su situación.

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